Se recuerda que está vigente el edicto que prohíbe fuegos y quemas en zonas no autorizadas
Su vigencia va hasta el 15 de abril.
Bomberos recuerda que está vigente es hasta el 15 de abril inclusive, el decreto 436/007 que prohíbe la realización de fuegos y quemas de cualquier tipo al aire libre en todo el territorio nacional. Cabe recordar que se trata de un delito que se pena con prisión.
En este sentido, el artículo 206 del Código Penal determina que “el Incendio es un delito con una carga penal de entre 12 meses de prisión y 16 años de penitenciaría”.
En esa misma línea, el artículo 2º de la Ley 15.896 establece que “Las multas se graduarán de acuerdo a su gravedad, entre 10 y 200 unidades reajustables” y el artículo 90 del Código Rural determina que el que hace quemazón de campos está obligado a la “reparación de todos los daños y perjuicios que ocasionare”.
El 98% de los incendios son producto de la acción humana. Nuestra conducta es clave para prevenirlos. Una imprudencia al encender fuego y la imposibilidad de control posterior, suele ser la situación más habitual. No mantener limpios los predios, desatender un fogón, arrojar una colilla de cigarrillo sin apagar, no tener los precauciones necesarias al manipular fuegos artificiales, son las principales causas.
Rochaaldía

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