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El Gobierno de Rocha obtuvo un respaldo clave en primera instancia: el Juzgado Civil de 14º Turno desestimó la demanda presentada por un grupo de vecinos que cuestionaba la obra de enrocado ejecutada en la playa de Costa Azul, en La Paloma.

El fallo concluye que no se acreditó daño ambiental grave, que existen accesos y espacio de playa suficientes y que la erosión en la zona responde a procesos naturales y de larga data, no exclusivamente a la intervención de la comuna.

La sentencia también declaró la falta de legitimación pasiva del Ministerio de Ambiente, al entender que su rol fue de contralor y que actuó conforme a la normativa vigente.

 

En un pronunciamiento que marca un punto de inflexión en el debate sobre la gestión del litoral rochense, la Justicia civil rechazó en primera instancia la demanda presentada por un grupo de vecinos contra la Intendencia de Rocha por la intervención realizada en la playa de Costa Azul, en el municipio de La Paloma. El fallo, al que Rocha al Día accedió en detalle, constituye una validación jurídica decisiva de la actuación del gobierno departamental y despeja —al menos por ahora— el camino para continuar monitoreando la zona sin revertir la obra ejecutada.

La sentencia Nº 137/2025, emitida por el Juzgado Letrado de 1ª Instancia en lo Civil de 14º Turno, desestimó las pretensiones de los accionantes, quienes sostenían que el enrocado instalado por la Intendencia había reducido la playa, obstaculizado accesos y generado un impacto ambiental severo. Tras casi dos años de trámite, múltiples audiencias, inspección judicial en el territorio y testimonios técnicos de expertos con visiones divergentes, la sede concluyó que no se acreditó daño ambiental grave, ni ilegalidad en la actuación de la administración.

Desde nuestro trabajo periodístico en Rocha al Día, logramos reconstruir los puntos más sensibles del fallo, que no sólo resuelve un conflicto local sino que también aporta definiciones sobre cómo deben evaluarse las intervenciones costeras en un contexto de erosión creciente.

Una demanda ambiciosa sin sustento suficiente

Los vecinos, alrededor de cincuenta, habían solicitado dos acciones contundentes:

  1. Que la Intendencia fuese obligada a elaborar un plan de ordenamiento ambiental específico para Costa Azul.
  2. Que el Ministerio de Ambiente retirara la obra de enrocado y prohibiera nuevas intervenciones en la zona.

La Justicia entendió que ninguna de estas pretensiones pudo sostenerse probatoriamente. Incluso bajo el principio precautorio —una herramienta jurídica central en materia ambiental— el juez señaló que “no toda degradación ecológica es capaz de generar responsabilidad”, y que en este caso no hay certeza científica de que el enrocado sea origen de un daño significativo.

La inspección judicial, documentada en el expediente, constató que existen bajadas accesibles, amplias zonas de arena y espacio para el disfrute público, contrariamente a lo alegado por la parte actora. Además, los registros visuales incorporados –según el fallo– no mostraron una reducción comprobable del disfrute costero atribuible exclusivamente a la obra de la Intendencia.

El Ministerio de Ambiente, fuera del eje de responsabilidad

Otro punto fuerte del fallo es la declaración de falta de legitimación pasiva respecto al Ministerio de Ambiente. La sentencia afirma que esta cartera no es la ejecutora de la obra y que su papel es de contralor, no de intervención directa. El Ministerio había autorizado el proyecto en 2021, dispuso condiciones técnicas y constituyó una comisión de seguimiento, por lo que “no actuó al margen de la ley ni con irregularidades”.

Este señalamiento judicial implica que, en futuras controversias, las demandas deberán ser dirigidas a quienes ejecutan la obra y no a quienes ejercen supervisión administrativa.

Peritajes divergentes, ciencia incierta y un ecosistema ya transformado

Uno de los aportes más profundos del fallo —y que desde esta redacción destacamos para comprender el impacto regional— es cómo la Justicia aborda la complejidad del ecosistema costero. El expediente recoge posiciones contrapuestas entre académicos: algunos expertos sostienen que la obra altera la dinámica de dunas y acelera la erosión; otros aseguran que retirar el enrocado podría generar un daño mayor.

El juez analizó esta tensión con un enfoque que recuerda a los análisis del periodismo ambiental global, estableciendo que la ciencia no ofrece una solución única y definitiva, y que las decisiones deben quedar en manos de las autoridades políticas responsables de la política pública costera.

Un mensaje claro: no hubo daño ambiental grave

La conclusión del tribunal es categórica:
No hay prueba suficiente de que la obra haya causado un daño actual o inminente que justifique ordenar su retiro o imponer nuevas restricciones.

El proceso erosivo en Costa Azul, advierte la sentencia, es previo, natural y resultado de décadas de interacción entre urbanización y dinámica marítima, no atribuible exclusivamente a la intervención de los últimos años.

Con esa afirmación, el fallo deja sin efecto la medida provisional que había impuesto restricciones temporales a la Intendencia.

Un precedente de peso para la gestión del litoral rochense

La resolución judicial no sólo despeja la situación de Costa Azul; también sienta un precedente para futuras discusiones sobre intervenciones en la franja costera del departamento. La sentencia reconoce que existen predios privados en zonas hoy ocupadas por arena y mar —un problema jurídico histórico— y recuerda que la expropiación es una decisión política, no judicial.

Desde Rocha al Día, continuaremos siguiendo esta historia con la profundidad que merece. Acceder a documentos clave, analizar su alcance y traducir su contenido para la ciudadanía forma parte de nuestra responsabilidad periodística, especialmente cuando se trata de temas donde confluyen medio ambiente, derechos colectivos y políticas públicas.

El fallo en primera instancia no cierra el conflicto, pero sí establece un marco: la obra de Costa Azul, por ahora, queda en pie y no constituye daño ambiental acreditado.

En Rocha, donde la costa es identidad, frontera y futuro, esta decisión judicial tendrá eco durante largo tiempo.

Autor: ROCHAALDIA.COM