Inisa flexibiliza protocolos para que jóvenes infractores circulen sin grilletes si no hay "advertencias" de seguridad
Hace menos de una década abundaban en torno al Instituto de Inclusión Social Adolescente (Inisa) titulares referidos a malos tratos de funcionarios, motines y fugas de los menores presos, cortes carcelarios, llamados a la Guardia Republicana y hasta toma de rehenes.
Hoy el presidente del Inisa, Jaime Saavedra, suele congratular a menudo a las últimas administraciones, de todos los partidos, por un sostenido proceso de mejora para disminuir la cantidad de jóvenes presos –con la mayoría de los menores infractores cumpliendo medidas alternativas a la privación de libertad– y alejar al organismo de la crónica roja.
Con 314 reclusos y un clima que suele reivindicar como bastante menos conflictivo que el de pocos años atrás, el nuevo directorio flexibilizó “de hecho” los protocolos y encargó a una comisión que ponga negro sobre blanco un nuevo reglamento de traslados a ser ratificado por los directores en febrero de 2026.
Convencido de que quedó en el pasado el incisivo “foco en la seguridad” de un protocolo que se remonta al 2016, Saavedra apostó a dejar de lado ciertas “restricciones innecesarias” durante algunos eventos de alto perfil del Inisa: el primero fue la visita del presidente Yamandú Orsi en octubre a la ex Colonia Berro y el segundo fue una recorrida del prosecretario Jorge Díaz para firmar un convenio en el centro Belloni.
fgr_01 (4)En los dos casos, con la autorización de los directores de los centros y de los equipos técnicos, los jóvenes invitados pudieron asistir sin grilletes de pies y manos, una práctica común para muchos traslados vinculados al Inisa. Fuentes del directorio explicaron a El Observador que no consideran “necesario” ese tipo de medidas si los propios encargados de los centros no tienen ningún reparo, algo que redunda en un “clima mucho más distendido”.
De todos modos, las fuentes explicaron que la lo lógica imperante es que “nadie se regala” y que “ninguna decisión va a ser liviana” si hay una “advertencia” previa de las autoridades correspondientes, como la policía en caso de salidas transitorias o de los propios educadores que en un día determinado entienden que no están dadas las condiciones de seguridad, o si el “perfil criminógeno” contraindica una “flexibilización” de las medidas.
La idea de las autoridades es que esto rija también para cualquier salida didáctica que cuente con autorización judicial.
No obstante, las reglas estrictas de traslados se mantendrán para situaciones puntuales que no dependen del Inisa, informaron las fuentes. A modo de ejemplo, no habrá ningún cambio en las medidas de seguridad para los jóvenes que vayan y vengan de los juzgados por ser una disposición de estos mismos. En el caso de una internación hospitalaria o de participaciones puntuales en centros educativos, quedará a criterio de la dirección de cada institución.
d Reglamento de trasladosEl actual Reglamento para el Traslado de Adolescentes del Inisa categoriza a los centros de ejecución de las medidas privativas de libertad en niveles de alta, media y baja seguridad, al tiempo que detalla la cantidad de operadores –o incluso funcionarios policiales– que deben acompañar al joven para cada caso.
En aquellos centros de “seguridad baja” se habla de un “régimen abierto y semi abierto donde la ejecución de la medida socioeducativa prevalece notoriamente por sobre los dispositivos de seguridad”. El nivel “medio” cataloga los casos “en que la complejidad de traslado y el trato con el adolescente no amerita activar mecanismos de seguridad excepcionales” salvo que “concurran circunstancias personales o de convivencia que impidan en forma transitoria la normal convivencia”.
Los de “seguridad alta”, en tanto, comprenden “casos en que el adolescente presente una inadaptación manifiesta y grave a las normas generales de convivencia ordenada, no así de meras faltas disciplinarias”, o que sus profesionales a cargo detecten “una personalidad agresiva violenta o anti social o bien, que el traslado signifique un alto riesgo de fuga u otras situaciones que pongan en riesgo su integridad y la de los funcionarios intervinientes”.
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