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El Congreso de Intendentes aprobó por unanimidad el nuevo régimen de patente que regirá en 2026, con cambios clave por tipo de vehículo y beneficios para la movilidad eléctrica. Se mantienen exoneraciones previas a 2012 y rige un esquema con parámetros económicos definidos (dólar, IPC y variación interanual). Detalles:

  • Autos 0 km: 5% sobre valor de mercado. Autos usados: 4,5%. Vehículos eléctricos: rebajas especiales: 3% (0 km) y 2,25% (usados).
  • Autos anteriores a 1991: montos fijos. Camiones: 1,3% del valor de mercado. Motos: reglas diferenciadas según cilindrada y año de empadronamiento. Remolques y maquinaria: descuentos, valores fijos o actualización por IPC, según categoría.

 

 

En una sesión extraordinaria donde primó la unanimidad, el Plenario del Congreso de Intendentes definió este viernes 14 de noviembre el régimen de tributación que regirá para la Patente de Rodados durante el año 2026. La resolución, adoptada en la 6ª Sesión Plenaria Extraordinaria, introduce una actualización integral del sistema impositivo, contemplando criterios diferenciados según tipo de vehículo, antigüedad, motorización y condiciones de empadronamiento.

La nueva matriz tributaria se presenta como un intento de equilibrio entre tres objetivos: orden fiscal, estímulo a tecnologías limpias y protección a propietarios de vehículos antiguos o de baja escala económica. A diferencia de años previos, el esquema exhibe mayor segmentación y criterios técnicos basados en valor de mercado, cilindrada, peso bruto total y tipo de energía.

Automóviles (Categoría A): beneficios para eléctricos y régimen fijo para modelos históricos

La nueva regulación establece que los empadronamientos cero kilómetro tributarán 5% sobre el valor de mercado sin IVA, mientras que los vehículos usados abonarán 4,5%, en ambos casos calculados sobre tasación actualizada. La transición hacia movilidad sostenible se refleja en una rebaja sustancial para vehículos eléctricos: 3% en unidades 0 km y 2,25% para usados hasta el 31 de diciembre de 2025.

Además, se mantiene un régimen especial para vehículos fabricados antes de 1991, con montos fijos que van desde $0 para los modelos anteriores a 1975 hasta $8.770,10 para los comprendidos entre 1986 y 1991, lo que constituye una política de protección patrimonial y social para coleccionistas y propietarios de unidades antiguas.

Camiones (Categoría B): continuidad y previsibilidad

En materia de carga, se resolvió una alícuota uniforme del 1,3% del valor de mercado tanto para unidades nuevas como usadas. Para los empadronados no unificados antes de 2013, regirá el mismo valor abonado en 2025 sin ajuste por IPC, lo que supone un alivio fiscal para parte del sector logístico y productivo.

Motocicletas (Categoría C): diferenciación por cilindrada y año de empadronamiento

Para los empadronamientos 0 km, las motocicletas de 500 cc o más tributarán el 5% del valor de mercado, mientras que las de menos de 499 cc continuarán bajo el régimen determinado por la intendencia de origen. En el caso de las usadas, las de mayor cilindrada empadronadas en 2024 y 2025 abonarán 4,5% del valor de mercado, mientras que las unidades más antiguas mantendrán el valor 2025 ajustado únicamente por IPC.

Remolques, zorras y maquinaria agrícola (Categoría E): rebajas y excepciones

Los remolques, trailers y zorras empadronados 0 km tributarán el 2,5% del valor de mercado, con un descuento del 32%, y nunca inferior al valor de referencia de 2025. Los vehículos usados se regirán por un mecanismo similar, aplicando la misma rebaja, mientras que aquellos empadronados hasta 2012 mantendrán la patente 2025 sin ajuste.

Se establece además una exoneración total para remolques con peso bruto total igual o inferior a 250 kg, reforzando el enfoque de proporcionalidad fiscal.

En cuanto a la maquinaria agrícola, industrial y casas rodantes sin propulsión, se mantendrán los valores 2025 incrementados por IPC anualizado.

Variables económicas utilizadas

La determinación final del tributo consideró parámetros técnicos proyectados para el cierre del ejercicio fiscal:

  • Tipo de cambio promedio interanual (octubre 2024 – septiembre 2025): $41,826
  • IPC anualizado al 30 de septiembre de 2025: 4,25%
  • Variación interanual del dólar: 6,04%

Normativas complementarias y certificaciones

El acta aprobada incluye disposiciones vinculadas con exoneraciones anteriores a 2012, que sólo aplicarán a vehículos empadronados hasta ese año, así como criterios sobre casas rodantes motorizadas, procedimientos de prescripción de multas y certificados de antecedentes del Permiso Único Nacional de Conducir (PUNC).

Un consenso sin fisuras

La aprobación unánime refuerza la lectura política de que este nuevo esquema pretende combinar sostenibilidad financiera para las intendencias con una plataforma de estímulo para la reconversión vehicular y transición energética. El 2026 se perfila como el año en que el mapa tributario de la movilidad en Uruguay avanza hacia una estructura más moderna, gradualista y diferenciada.

Autor: ROCHAALDIA.COM